domingo, 26 de agosto de 2012

CORPORADO(A)




REQUISITOS PARA SER:
CORPORADO CNCCS



1. Tener una antigüedad mínima de 6 meses como voluntario aspirante, cumpliendo a cabalidad con todas las obligaciones estipuladas en el reglamento interno de la CNCCS (capítulo requisitos para ser voluntario aspirante), con un promedio de calificación mayor de 4 puntos en las planillas de horas trabajadas de la corporación:

Voluntario(a) Aspirante


2. Cancelar a partir del momento del ascenso $25.000 mensuales (en dinero), que se reconocerán como aportes para gastos de la corporación. los deberá cancelar en tesorería los 5 primeros días de cada mes, la mora de dicho aporte tendrá una sanción del 10% de interés adicional por mes o fracción de mes, estos recursos se destinarán para gastos de funcionamiento de la corporación y el excedente en caso de existir será asignado a la ejecución de proyectos en curso, dicha cantidad será aumentada anualmente según incremento del salario mínimo.

Nota : desde la formación de la CNCCS, los corporados (fundadores) vienen cumpliendo con el deber de realizar aportes mensuales permanentes; dichos aportes individuales suman un total de aporte por corporado a la fecha; los nuevos corporados deberán alcanzar por equidad
Ese total de aportes económicos, bien sea en un pago único, o diferido en el tiempo (en este caso el corporado deberá proponer su forma de pago con cuotas mínimas mensuales de $10.000). Esta financiación solo aplica para el saldo anterior a la fecha de ingreso del nuevo corporado.

3. Tener un aporte laboral mínimo de 40 horas al mes que será de libre distribución por parte del corporado, en cada área de trabajo que escoja. Aporte administrado por los jefes de las áreas a las que pertenezca el corporado o en su defecto, por el director general de la CNCCS.

4. Consignar obligatoriamente en su planilla de horas trabajadas, las respectivas horas, logros y tareas realizadas como aporte laboral. Este formato deberá presentarse ante la administración general de la CNCCS los 5 primeros días de cada mes.

Nota : Cada hora de trabajo registrada en la planilla de horas trabajadas, será reconocida, con un valor de $15.000 y se irán sumando al monto total de aportes de cada corporado hasta alcanzar un saldo de 15millones $ valor de su membrecía. Una vez, se haya logrado esta cantidad, el corporado quedará exento de aportes laborales y calificación. Limitándose ha pagar su cuota económica mensual y solo deberá participar en los proyectos en que la corporación pueda asegurarle beneficios financieros y en los cuales el trabajará por contrato y sobre este se hará la evaluación de su trabajo.

5. La dirección general de la CNCCS podrá pedir explicaciones en caso de bajo rendimiento prolongado durante dos meses consecutivos.

6. La calificación de las planillas de horas trabajadas. La calificación será de 1-5 y se realizará la primera quincena de cada mes por el jefe de cada área y/o por quien el director general delegue. Dichas calificaciones se promediarán por semestre. Los corporados que no cumplan con el promedio mínimo de 3 descenderán automáticamente a voluntarios aspirantes, “Sin que esto, signifique la pérdida de sus aportes, pues su cuenta se congelará hasta que ascienda de nuevo por mérito y compromiso, a la planta oficial de corporados”.

Nota: Este punto se aplica a voluntarios aspirantes y a los corporados que en ese momento se encuentren en descenso, cuya puntuación y deseo estén en post de normalizar su situación.
Nota: Los descensos y asensos de escalafón, se realizan en las asambleas ordinarias que se harán cada seis meses.

7. El incumplimiento de los anteriores requisitos y/o de los estatutos de la CNCCS; genera la pérdida de derechos.

8. En caso de retiro, el corporado debe entregar personalmente al director general, un comunicado escrito de manera formal antes o al momento del retiro y devolver el carnet que lo acredita como miembro de la CNCCS.

Nota: esto para efectos de formalización del retiro y corporado voluntario para con la institución.
Porque de lo contrario se podría estar generando una deuda involuntaria hacia la CNCCS por falta de comunicación



DERECHOS DEL
CORPORADO CNCCS


El cumplimiento de las normas de la corporación, faculta al corporado para recibir los siguientes beneficios:

1. El corporado tiene derecho a recibir un trato igualitario y respetuoso de todos los integrantes de la corporación, como también a ser beneficiario de las mismas oportunidades dentro de su escalafón (de mayor a menor así: corporado, voluntario aspirante, voluntario simple).

2. El corporado podrá sugerir planes específicos de trabajo, de manera oral y escrita teniendo en cuenta esta última como la más acertada para el interés y el desarrollo de una gestión clara en cada uno de los nuevos proyectos. Dichas propuestas se deberán hacer ante la dirección general de la corporación cuando la propuesta tenga relación con alguna área existente o en las reuniones de asamblea ordinaria que se realizarán dos veces al año cuando la propuesta consista en la creación de una nueva área de negocio.

3. El corporado gozará de prioridad uno al momento en que la corporación necesite contratar un servicio determinado, según la naturaleza de su oficio, y en caso de que dos corporados aspiren al mismo contrato o cargo la corporación se decidirá por aquel que tenga mejor puntaje de calificación “siempre y cuando este no se encuentre en la actualidad ejerciendo un servicio previo al interior o en un proyecto de la corporación” si la oferta laboral desborda la demanda, la prioridad dos de la CNCCS será buscar dicho servicio o vacante a través de un voluntario aspirante que reúna las condiciones, “véase requisitos voluntario aspirante” de persistir dicha necesidad, la prioridad tres de la corporación será buscar un profesional idóneo en la materia por fuera de la CNCCS, su elección estará a cargo de la cabeza de grupo desde la cual se genera la oferta y de la Administración de la CNCCS.

4. El corporado gozará de prioridad uno en la CNCCS para efectos de contratación de servicios o vacantes, su elección estará a cargo del jefe de área desde la cual se genera la oferta y/o del director general de la CNCCS.

5. Es derecho de todo corporado acceder a todos los espacios educativos de la CNCCS, sin ningún costo, incluyendo talleres, diplomados y todas aquellas reuniones de carácter informativo que adelante la corporación sólo como asistente (sin participación activa como alumno).

Nota: En caso de que la CNCCS realice convenios de capacitación con otras empresas o entidades educativas, en pro de una mejor calificación de su personal y los corporados, no hagan uso de dichas plazas, los voluntarios tienen el mismo derecho de aspirar a dichos cupos, en caso de no existir los suficientes cupos, se sortearán entre los interesados por medio de balotas de colores.

6. El corporado tendrá descuento del 50% para un familiar por periodo, en la oferta educativa de la CNCCS.

6. Todo corporado tiene derecho a recibir su carnet que lo identifica como miembro de la corporación.

7. Con el carnet vigente, los corporados disfrutarán de descuentos especiales (según convenio) en todas aquellas entidades que tengan convenio con la corporación.

8. Con el carnet vigente, los corporados disfrutarán de un descuento del 30% en los productos del café y la tienda de la CNCCS.

9. Los corporados que sean propietarios o tengan para ofrecer bienes, servicios o productos distintos a los que prestan las áreas de negocios de la corporación, podrán inscribir su oferta en los listados de empresas y alianzas estratégicas, interesadas en ofrecer dicho descuento, esto se hace con el fin de generar comunidad comercial a través de la corporación y de empresas amigas de la misma.

10. Todo corporado tiene el derecho a postularse, para hacer parte de la junta directiva cuya elección se hará cada dos (2) años; o cuando haya una vacante en la Junta Directiva, bien sea por renuncia o destitución de uno de sus miembros.

Se deberá escoger a sucesor(a) de dicho cargo en los siguientes 3 meses; esta elección se llevara a cabo en asamblea ordinario o extraordinaria si fuera necesario. En caso de no haber aspirantes a dicho cargo el Presidente de la Asamblea y/o director general dará la orden de redactar un acta en donde quede asentada la situación y sus circunstancias, dicha acta será firmada por todos los miembros existentes en la Junta Directiva.




Nota: La membresía de corporado(a); como también ninguno de sus beneficios es transferible, negociable o vendible a terceros.